AUTO CONSTITUCIONAL 255/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 255/2006-RCA

Fecha: 16-Ago-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La recurrente alega que al encontrarse desempeñando la función de Directora Técnica de SEDEGES, el 12 de octubre de 2005, fue despedida de su cargo por el Prefecto del departamento de Cochabamba, sin habérsele cancelado su salario por los doce días trabajados en ese último mes, con el argumento inventado por la nueva Directora de SEDEGES la correcurrida Karla Franco Maldonado, de que se adeudaría documentación a esa oficina, sin indicar con precisión a que documentación se refiere; asimismo, se le sometió a un proceso administrativo interno que concluyó con Resolución favorable a su persona, donde se indicó la inexistencia de responsabilidad administrativa en su contra, por lo que acudió ante el Prefecto recurrido mediante una serie de notas de reclamo que no tuvo respuesta, lo que le motiva la interposición del presente recurso, al considerar que se lesionaron sus derechos constitucionales. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional, establecidos por el Tribunal de amparo.