AUTO CONSTITUCIONAL 403/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 403/2006-CA

Fecha: 28-Ago-2006

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Argumentan los recurrentes que la acción penal interpuesta por Lila Julia Serrano de Antezana en representación de otras 22 personas, se realizò invadiendo funciones que no les corresponde, vulnerando el art. 31 de la Constitución Política del Estado (CPE), por cuanto quieren resolver por medio de la vía penal, obligaciones contractuales como son los contratos privados con reserva de propiedad sobre adjudicación de porción de terreno establecidos entre partes, desconociendo los arts. 3, 14 inc. a) de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), arts. 124, 125.I de la CPE, art. 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, art. 11 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, que indican que nadie puede ser detenido por el incumplimiento de obligaciones contractuales.