SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0786/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0786/2006-R

Fecha: 15-Ago-2006

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

El recurrido Director de la FELCC, informó que ante la inseguridad ciudadana que existe en San Matías, la población solicitó a la Policía que estuviera pendiente sobre los hechos ocurridos últimamente como atracos, asaltos y robos, teniendo en cuenta que la localidad es fronteriza. Señaló que el recurrente estuvo asistido de su abogado en todo momento y la Policía se limitó a cumplir lo previsto en el Código de Procedimiento Penal, pues el recurrente fue arrestado y dentro de las ocho horas, el Investigador asignado al caso puso en conocimiento del Fiscal la medida, autoridad que dispuso en forma verbal la continuación de las investigaciones, en cuyo mérito se tomaron las declaraciones a otras víctimas que sindicaron al recurrente como autor de un atraco, además que la denuncia fue informada por el Fiscal al Juez cautelar.

El recurrido Investigador de la FELCC, señaló que el arresto del recurrente se dio a consecuencia de una denuncia sobre un atraco en un local público, cuya víctima indicó que el presunto autor se encontraba en la plaza principal con otro brasilero en una moto, por lo que inmediatamente la FELCC, con el apoyo de dos policías patrulleros, se constituyeron en el lugar e interceptaron al recurrente que evidentemente estaba de pasajero en una moto, conducida por la persona sindicada por la víctima como autora del hecho. Señaló que el arresto se produjo el 31 de mayo de 2006 a horas 15:15 y ante la orden dada por el Director de la FELCC buscó al Fiscal para informar sobre la medida, a quien encontró al promediar las 21:00 horas, instruyéndole que el recurrente continuara arrestado hasta el otro día. Además, agregó que cuando se hizo la persecución se constituyeron en un cuarto del hotel Avenida, donde encontraron un casco de color rojo, situación relacionada a un hecho anterior sucedido el 25 de mayo, razón por la cual se convocó a la víctima, quien reconoció a los presuntos autores, denuncia que ya es de conocimiento del Juez.