SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0836/2006-R
Fecha: 28-Ago-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El recurrente Juan José Subieta Claros a nombre y en representación sin mandato de Alex Richard Vásquez Ortega, por memorial presentado el 10 de julio de 2006, cursante de fs. 4 a 5 vta., expresa que el 1 de julio del año en curso, el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, extinguió el proceso penal en el que se encontraba inmerso Alex Richard Vásquez Ortega, habiendo en suplencia la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal del referido Distrito librado mandamiento de libertad, el que fue recibido en el Centro de Rehabilitación el 8 de julio, sin embargo no fue liberado, arguyendo existir otro proceso por el que también fue detenido, averiguándose si en el antedicho no tiene condena, ocasionando con ello la prolongación de su detención por más de cuarenta y ocho horas.
Indica que pronunciada la Resolución de extinción de la acción penal, se libró mandamiento de libertad, estableciendo el art. 39 de la Ley de Ejecución Penal (LEP) que una vez cumplida la condena y en este caso al haberse operado la extinción, la libertad es inmediata, no pudiendo la institución policial incumplir una orden emanada del juez.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- previamente los registros antes de dar curso al mandamiento…', comprobación y consulta que deberá ser realizada inmediatamente, una vez recibido el mandamiento de libertad”
- III.3.
- APROBAR