III.2.
III.2. En el presente caso, quienes fueran recurridos en el amparo constitucional que ha motivado la presente denuncia de incumplimiento, pretenden que este Tribunal ordene la reincorporación de Fernando Álvarez Téllez, al cargo de Alcalde Municipal de San Borja, cuando la SC 0203/2006-R en ningún momento dispuso este extremo, limitándose simplemente a declarar la improcedencia del recurso por inobservancia al principio de subsidiariedad, siendo que la pretensión de los entonces recurrentes era se determine la nulidad de la elección del nombrado, por cuanto según alegaron, pesa en su contra una Sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos de narcotráfico, habiéndose aclarado en el fallo, que dicha pretensión y la supuesta vulneración de derechos que derivaren de ella, debía ser analizada con carácter previo a través de los mecanismos previstos en los arts. 35 a 37 de la LM y que mientras no se agoten éstos el amparo era todavía inviable.
