3º ORDENA
3º ORDENA a las citadas autoridades el cumplimiento de la SC 0074/2004, en el plazo de cuarenta y ocho horas, pasadas las cuales, sin necesidad de ningún trámite deberán informar a este Tribunal Constitucional sobre el acatamiento de la referida Sentencia, bajo conminatoria de darse aplicación a las normas del art. 52 de la LTC.
