RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de lo establecido por los arts. 31 inc. 1), 33.I inc. 1) y 81 y 82.III de la LTC, RECHAZA el recurso directo de nulidad interpuesto por los representantes legales de COTEL Ltda., demandando la nulidad de la RAR 2006/2431, de 8 de noviembre, y la RAI 2006/056, de 1 de agosto.
