AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2007-RCA
Fecha: 18-Ene-2007
improcedencia in límine
La Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, mediante Resolución 14/06, de 27 de septiembre de 2006, cursante de fs. 87 a 88 de obrados, declaró la improcedencia in límine del recurso, señalando que: a) si el recurrente no recibió respuesta a las notas enviadas a los recurridos, se debe a que éste no cumplió con proveer los valores universitarios, por lo que en defensa de su derecho de petición previo cumplimiento de lo extrañado, podrá recién acudir a la vía del amparo constitucional para obtener respuesta a sus notas y contar con elementos suficientes para impugnar las decisiones en la vía administrativa universitaria y b) por un lado, la Universidad Autónoma del Beni, cuenta con Estatutos y Reglamentos para resolver conflictos suscitados al interior de dicha casa de estudios, y por otro, como lo consideró el mismo recurrente, existe la vía laboral; con lo que no se han agotado las vías legales que el ordenamiento jurídico concede, siendo el presente recurso improcedente en aplicación del principio de subsidiariedad.