AUTO CONSTITUCIONAL 031/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 031/2007-CA

Fecha: 19-Ene-2007

I.2.

I.2.  Elevada dicha Resolución en consulta ante este Tribunal Constitucional, la Comisión de Admisión, por AC 632/2006-CA, de 18 de noviembre, aprobó el rechazo de la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, con la siguiente fundamentación: los representantes de COTEL Ltda. presentaron el incidente de inconstitucionalidad contra el art. 142 del DS 24132, sin cumplir los requisitos establecidos por el art. 60 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por cuanto no precisan ni sustentan jurídicamente la vinculación de esta norma con los derechos constitucionales que se consideran vulnerados; asimismo, los incidentistas omitieron referir la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión final del proceso; finalmente, la solicitud para promover el recurso incidental fue formulada después que el Intendente Regulatorio pronunció la RAR 2006/2431, de 8 de noviembre, por la que se aplicó una sanción pecuniaria a COTEL Ltda., y por último que el referido incidente de inconstitucionalidad fue presentado ante el Superintendente de Telecomunicaciones, sin que se hubiera demostrado que, dentro del proceso sancionatorio de referencia, exista resolución pendiente en la que esa autoridad jerárquica tenga que aplicar la norma acusada de inconstitucional.