Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2007-R
Fecha: 15-Ene-2007
2)
2) Por Resolución 344/06 de 7 de noviembre de 2006, se rechazó la cesación de la detención preventiva solicitada por el imputado, por no cumplirse con lo previsto por el art. 239 inc. 1) del CPP, pues si bien la documentación adjuntada demostraba su ocupación, familia y domicilio establecido en el país, no es menos cierto que este aspecto ya fue considerado en la audiencia de medidas cautelares y no fue el fundamento por el cual se dispuso su detención preventiva, no habiendo sido desvirtuados los presupuestos procesales.