Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2007-R
Fecha: 15-Ene-2007
b)
b) La autoridad recurrida, al dictar la Resolución de 7 de noviembre de 2006, ha dado correcta aplicación a las normas procesales, no siendo posible acusarle de conculcar algún derecho constitucional, toda vez que esos derechos constitucionales están amparados en los recursos procesales que el recurrente no los ha utilizado.