AUTO CONSTITUCIONAL 098/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 098/2007-CA

Fecha: 27-Feb-2007

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Dentro del recurso jerárquico instaurado por Alvar Oquendo Barja, representante legal de la Empresa unipersonal ECC, ante la determinación del SIN de proceder a la ejecución tributaria en su contra, el contribuyente presenta memorial el 30 de enero de 2007 (fs. 6 a 8), solicitando al Presidente Ejecutivo del SIN, promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra los arts. 108 y 110 del CTB, por considerar que vulneran sus derechos a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso, consagrados por los arts. 7 inc a) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE), además de atentar contra la independencia de poderes, establecida por el art. 2 de la Ley Fundamental.

Refiere que ante la determinación del SIN de proceder a la cuestionada ejecución tributaria, de conformidad a lo establecido por el art. 108 del CTB y proceder a la ejecución de las medidas coactivas dispuestas en su contra al amparo del art. 110 del citado cuerpo normativo, causó agravio a la gestión de negocios del contribuyente, toda vez que éste se encuentra en pleno proceso de ampliación de su planta; por tanto, esa actuación del SIN atenta contra su derecho constitucional a la seguridad jurídica, la garantía del debido proceso y a la independencia de poderes ya mencionados.

Asimismo señala que el referido principio de separación e independencia de poderes es vulnerado por el art. 108 del CTB, toda vez que es atribución del Poder Judicial el realizar la ejecución tributaria precautelando y respetando los principios generales del derecho, los que son vulnerados cuando la Administración toma a su cargo la fiscalización al contribuyente y la ejecución tributaria a la vez, actuando al mismo tiempo como parte (fiscalizador) y como Juez, extremos que contravienen a un orden democrático y que quebrantan la noción de justicia.