AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2007-RCA

Fecha: 27-Mar-2007

I.1. Síntesis de la demanda

Por memorial presentado el 12 de diciembre de 2006, cursante de fs. 77 a 80 vta. de obrados, el recurrente alega que en 1998 con el objetivo de comprar terrenos para los policías y clases, se conformó un Comité de Vivienda del Distrito Pando donde fue elegido como Presidente Ejecutivo, ante lo cual efectuó todos los trámites y el pago de $us32.000.- (treinta y dos mil dólares estadounidenses) al apoderado de Martha Acevedo Vda. de Saucedo, dueña de los predios, después de haberse suscrito la minuta de compra venta a su nombre como Presidente del indicado Comité.

Alega que en noviembre de 1998 a consecuencia del asentamiento de Edmundo Rodríguez Quiroga en los predios adquiridos, los policías reclamaron ante el Comandante General de Policía por la no entrega de los terrenos puesto que ya se les estaba descontando de sus haberes a todos los que se registraron en la lista de adjudicatarios solicitantes; en ese ínterin surge un problema con el derecho propietario de quien les vendió los terrenos, ante lo cual el Comandante General de la Policía Nacional ordenó al Director Ejecutivo de COVIPOL la devolución de los descuentos efectuados a los policías y clases, con la amenaza de instaurarle un proceso por la compra de terrenos litigiosos, situación por la cual para evitar ese perjuicio el 28 de junio de 1999 firmó un documento de subrogación de deuda y compromiso de pago hasta que se aclare y legalice la transferencia o se obtenga la devolución del precio entregado; posteriormente, mediante “SC 1200/2003-R, de 20 de agosto” (sic), se aprobó la Resolución por la que se le dio pleno derecho propietario a la vendedora para transferir los predios, circunstancia que determinó que la subrogación firmada tenía efecto hasta ese momento, es decir, hasta que el derecho propietario sea saneado, lo cual sucedió, sin embargo, desde el año 2001 efectuó constantes reclamos por los descuentos desmesurados y sin contemplaciones que se han realizado y se siguen efectuado a sus haberes mensuales dejándolo en la mayoría de las veces con tan solo Bs100.- (cien bolivianos) de salario.

Agrega, que en busca de soluciones acudió ante los Comandantes Generales de la Policía Nacional y Presidentes de COVIPOL, sin obtener ninguna respuesta; y cuando quiso pagar en la Alcaldía  los impuestos el año 2006 no se lo permitieron indicándole que debía cumplir con una serie de requisitos que implicaba la erogación de otros montos de dinero con los que no cuenta y consultados los policías ya asentados en el lugar, éstos no tienen la intención de hacer ningún pago, más al contrario esperan que pasen los años requeridos para el trámite de usucapión; razones por las que interpone el presente amparo, pidiendo sea declarado procedente y se disponga la cesación de los ilegales descuentos a sus salarios mensuales y se procesa a la devolución de los mismos.