rechazó
Por Resolución de 9 de febrero de 2007, el Superintendente General a.i. del SIRESE rechazó la solicitud de promover el incidente presentada por el representante legal de la empresa TRS Ltda., con la siguiente fundamentación: para la viabilización del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, como una vía concreta de control de inconstitucionalidad, debe necesariamente concurrir una condición para la procedencia de esa vía de control, consistente en la existencia de una duda razonable y fundada sobre la constitucionalidad de la disposición legal aplicable al caso concreto, sobre cuya base deberá fundarse la decisión; 2) el recurso jerárquico planteado por TRS Ltda., versa sobre la liquidación del monto que debe pagar esa empresa por concepto de derecho de uso de frecuencia, y no por el contenido y alcance del art. 80 inc. k) del DS 24132, modificado; por consiguiente, la decisión de esa Superintendencia General para resolver el recurso jerárquico, no depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del art. 80 inc. k del DS 24132 modificado, sino de la liquidación del monto que debe pagar TRS Ltda., por el uso del espectro electromagnético; es decir, que el precepto legal cuestionado no tiene vinculación con la decisión que emitirá esa autoridad administrativa en el proceso dentro del cual se planteó la solicitud; por lo tanto, para dictar la Resolución final se efectuará un análisis del cumplimiento de las normas contenidas en la Ley del SIRESE, la Ley de Procedimiento Administrativo y su Reglamento (DS 27172), la Ley de Telecomunicaciones, su Reglamento y otras disposiciones que se consideren aplicables.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas
- II.2.1.
- 3.-
- 1)
- deben ser cumplidos por el juez o tribunal judicial o administrativo
- II.2.3.
- carezca manifiestamente de fundamento jurídico constitucional
- APROBAR
