AUTO CONSTITUCIONAL 142/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 142/2007-CA

Fecha: 21-Mar-2007

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Dentro del proceso coactivo instaurado por el Banco Ganadero S.A. contra la Joyería París S.R.L., representada por Wilson Roberto David Landívar Olmos,  éste presentó memorial el 23 de enero de 2007, cursante de fs. 6 a 12, solicitando que se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el Auto Definitivo de 30 de marzo de 2006, dictado por los vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz en clara infracción a la Constitución Política del Estado.

Asevera que dentro del proceso coactivo de referencia, no se ha demostrado que la parte demandada hubiera firmado como señal de asentimiento en el formulario de desembolso del préstamo concedido a su favor, sin considerar que en las obligaciones de dinero y su consiguiente cobro, ya sea por la vía coactiva, tiene como requisito sine quanon presentar por parte del acreedor el respectivo comprobante de desembolso, porque no existe obligación alguna de pagar si no se demuestra el desembolso, de acuerdo a lo establecido por el art. 1331 del Código de Comercio, de manera que la documentación presentada carece de fuerza coactiva, debiéndose anular el ilegítimo Auto Definitivo de 30 de marzo de 2006, dictado indebidamente por el A quo, y disponer la nulidad de obrados hasta la demanda inclusive.