Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0146/2007-R
Fecha: 14-Mar-2007
II.4.
II.4. El 10 de abril de 2006, el Director del SEDUCA de La Paz comunicó a los Directores de las Unidades Educativas que el memorial presentado por estos fue remitido a la Prefectura del Departamento toda vez que esa institución no es la que dio origen a la convocatoria (fs. 13). En la misma fecha, el Prefecto del Departamento de La Paz mediante nota DP-OF-628/06, informó que dicha institución no asume responsabilidad en cuanto al contenido, alcances y efectos y que no corresponde anularla porque no hubo ningún tipo de reunión, coordinación, ni consenso con el Ministerio de Educación y Culturas (fs. 7).
- recurso
- “
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Convocatoria a concurso de méritos y exámenes de competencia para optar al cargo de director de unidad educativa pública, fiscal y de convenio de las áreas formal y alternativa
- se deduce que la Convocatoria emitida por el Ministerio de Educación y Culturas, para optar al cargo de director de unidad educativa pública, fiscal y de convenio de las áreas formal y alternativa del sector urbano, ha sido publicada sin competencia
- III.2.
- III.3.
- denegado”
- APROBAR