SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0146/2007-R
Fecha: 14-Mar-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes por sí y sus apoderados afirman que se han lesionado sus derechos a la seguridad jurídica y al trabajo reconocidos por el art. 7 incs. a) y d) de la CPE, y los principios de “inamovilidad de la carrera docente” e igualdad, consagrados en los arts. 6 y 184 de la “Ley suprema del ordenamiento jurídico”, por cuanto el Ministerio de Educación y Culturas mediante Convocatoria a concurso de méritos y exámenes de competencia para optar el cargo de Director de Unidad Educativa Pública, Fiscal y de Convenio, de las áreas formal y alternativa y los declarados de acuerdo al art. 228 del CEB del sector urbano, conjuntamente la Prefectura del Departamento (entidad que deslindó responsabilidad por desconocer la Convocatoria), además de excluir a los Directores designados bajo el art. 228 del área rural, desconoce el derecho que tienen los Directores de Unidades Escolares que ejercen el cargo por concurso de méritos y exámenes de competencia, que de acuerdo con las normas en vigencia deben estar sometidos a una evaluación cuyo Reglamento aún no ha sido aprobado, estableciéndose de esta manera una arbitraria disposición de sus cargos. De consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.
- recurso
- “
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Convocatoria a concurso de méritos y exámenes de competencia para optar al cargo de director de unidad educativa pública, fiscal y de convenio de las áreas formal y alternativa
- se deduce que la Convocatoria emitida por el Ministerio de Educación y Culturas, para optar al cargo de director de unidad educativa pública, fiscal y de convenio de las áreas formal y alternativa del sector urbano, ha sido publicada sin competencia
- III.2.
- III.3.
- denegado”
- APROBAR