0271/2007-R de 12 de abril
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0271/2007-R de 12 de abril

Fecha: 23-Abr-2007

a las personas particulares,

La suscrita Magistrada ha intervenido con su voto en la aprobación de la SC 0271/2007-R de 12 de abril, que aprueba la Resolución venida en revisión del recurso de hábeas corpus interpuesto por Diego Mamani Olivera contra Margoth Fernández Condori, Concejala del municipio de Vacas, Jaime Fernández Daza, Director de la radioemisora Chiualque de la localidad de Vacas y Justina Zurita Siles, maestra de artesanía independiente, misma que declaró la procedencia con relación a los responsables de la detención del recurrente y la improcedencia respecto de las autoridades recurridas, entre tanto no se establezca su participación en los hechos demandados y a las personas particulares, porque estuvo de acuerdo con la parte resolutiva de declarar la improcedencia del recurso; sin embargo, no está de acuerdo con la jurisprudencia señalada en el Fundamento Jurídico III.2 de la Sentencia, referida a la improcedencia del hábeas corpus contra particulares que restrinjan o supriman el derecho a la libertad física o de locomoción, por lo que formula la presente Aclaración de Voto: