I. ANTECEDENTES
Mediante memoriales presentados el 19 de abril de 2007, Bárbara Martínez Cortéz y Martha Ortega Fernández, Alcaldesa y Concejala, respectivamente, del Gobierno Municipal de Incahuasi, informan que dieron cumplimiento a la SC 0074/2004, pues el 27 de marzo de 2007, junto a la presidenta del Concejo Municipal Aleida Rojas Anachuri, restablecieron en forma definitiva la sede del Gobierno Municipal de Incahuasi a esa población; empero, denuncian que la concejala Lidia Rodríguez y otro ejecutivo municipal, encabezado por Petrona Condori, usurpando funciones, presentan como Alcaldesa de manera ilegal a esta última, y pretenden ejercer funciones desde la localidad de Villa Charcas. Por lo expuesto solicitan dejar sin efecto la multa impuesta por el AC 0004/2007-O de 13 de abril.
Por otro memorial, Aleida Rojas Anachuri y Noe Mercado Rocabado, Presidenta del Concejo Municipal de Incahuasi y Presidente del Comité Cívico de dicha localidad respectivamente, exponen que habiéndose dado cumplimiento con el AC 0002/2007-O de 25 de enero, que ordenó la notificación de la SC 0074/2004 a las autoridades del Municipio para su cumplimiento, es necesario que se complemente el “escueto Auto Constitucional 004/2007-O”, ya que en él no se hizo mención a la petición de intervención de la Prefectura del Departamento para posibilitar el cumplimiento de la SC 0074/2004.
