AUTO CONSTITUCIONAL 0120/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0120/2007-RCA

Fecha: 16-Abr-2007

son perentorios

En el caso analizado, por proveído de 12 de febrero de 2007, se concedió al recurrente el plazo de cuarenta y ocho horas para que subsane las observaciones formales aludidas en el mismo, habiéndose procedido a su legal notificación el 13 de febrero de 2007 a horas 11:30, venciendo el plazo concedido el día 15 de febrero del mismo año a horas 11:30 en aplicación de lo dispuesto por el citado art. 39 de la LTC; sin embargo, el memorial de aclaración fue presentado el 15 de febrero, sólo que a horas 16:05 conforme se colige del cargo de presentación cursante a fs. 58 vta., de lo cual se establece que el recurrente a parte de no haber cumplido con lo dispuesto por el Tribunal de amparo respecto a la subsanación de un requisito de forma, también no tomó en cuenta el plazo procesal previsto por el art. 98 de la LTC cuando presentó su memorial de aclaración fuera del plazo previsto por la indicada norma.