AUTO CONSTITUCIONAL 0140/2007-RCA
Fecha: 08-May-2007
improcedencia in límine
El Tribunal de amparo, Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, mediante Resolución 123/2007, cursante a fs. 51 y vta. de obrados, declaró la improcedencia in límine del recurso, manifestando que el amparo constitucional fue presentado un día después del plazo de seis meses que establece la jurisprudencia constitucional, puesto que el proceso que culminó con la “Sentencia Agraria Nacional S2a Nº. 032/2006” de 7 de septiembre, que declaró improbada la demanda contencioso administrativa, cuyo auto complementario de 13 de septiembre de 2006, que negó la complementación, fue notificado por cédula el 18 de septiembre de 2006 y el presente recurso presentado el 19 de marzo del mismo año, existiendo en el presente caso ausencia del principio de inmediatez.