Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0367/2007-R
Fecha: 08-May-2007
procedente
Concluida la audiencia el Juez de hábeas corpus pronunció Resolución que declaró procedente el recurso, con el fundamento de que la autoridad recurrida al emitir mandamiento de aprehensión sin antes emitir el mandamiento de comparendo contra el recurrente, no dio correcto cumplimiento al art. 226 del CPP, cometiendo actos ilegales e indebidos que restringieron la libertad de locomoción y física del recurrente.