SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0431/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0431/2007-R

Fecha: 23-May-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Los recurrentes, en el memorial presentado el 21 de febrero de 2007 (fs. 2 a 4  vta.), manifiestan que se presentaron en oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), según se les indicó, sin que les hayan dado ninguna otra citación o notificación, y cuando se aprestaban a retirarse, apareció el Fiscal recurrido, recibiéndoles sus declaraciones por más de tres horas, y sin que medie ningún requisito para su aprehensión, les indicó que tenían que quedarse porque estaban aprehendidos, instante en el cual su abogado solicitó se le muestre requerimiento de aprehensión, que como es lógico no lo tenían, asimismo, a fin de denunciar las violaciones a sus derechos y garantías constitucionales ante el Juez cautelar pidió se le muestre el requerimiento de inicio de la investigación y la resolución del Juez cautelar, lo que tampoco existe, encontrándose privados de su libertad, sin que se cumplan los requisitos previstos en el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y sin que exista flagrancia, pese a que desde el primer momento colaboraron con las investigaciones, apersonándose a la “ex PTJ por tres veces consecutivas”.