SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0511/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0511/2007-R

Fecha: 19-Jun-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 21 de julio de 2006, cursante a fs. 42 y vta., el  recurrente refiere que el Magisterio Urbano de Cochabamba a través de su Directorio  encabezado por el Ejecutivo General, Nicolás Siles Pancorbo, miembro del Frente de Defensa del Magisterio, en cumplimiento de los Estatutos de esa Federación,  lanzó la Convocatoria al IX Congreso Ordinario Departamental, realizado del 19 al 22 de junio de 2006; evento en el que se emitió la Convocatoria a Elecciones período 2006-2008, al mismo tiempo que fue elegido el Comité Electoral, que a decir del Frente de la Unidad Revolucionaria está totalmente parcializado a favor del Frente de Defensa Sindical, lo que motivó que envíe un oficio al Comité Electoral el 18 de junio del 2006, manifestando su preocupación por la referida denuncia.

El 18 de junio de 2006 el Comité Electoral realizó la depuración de listas de los diferentes frentes que participarán en las elecciones; oportunidad en el que el Frente de Defensa del Magisterio observó su participación como candidato con el argumento que tenía Veto sindical y consiguientemente estaba impedido de participar en las elecciones debido a su concurrencia, el año 2004, al Congreso Departamental de Educación auspiciado por el Consejo Nacional de Educación (CONED) en el que hubiera apoyado al bloque indígena contra el Magisterio; sin embargo no existe una denuncia formal al respecto y menos se le siguió un proceso por la Comisión de Disciplina Sindical.

En base a la referida observación el Comité Electoral de la Federación Departamental dictó la Resolución de 20 de julio de 2006 por la que depuró al Frente Sindical Magisterio al Socialismo al que representa y determinó su ilegal inhabilitación como candidato conculcándole sus derechos fundamentales, por lo que interpone el presente recurso para que sean reparados.