SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0571/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0571/2007-R

Fecha: 05-Jul-2007

i)

El recurrido Juan Gary Campero, presentó informe en audiencia, en el que manifestó lo siguiente: i) No existiendo analogía en materia penal, no se puede plantear un recurso de amparo constitucional sobre diez casos que son diferentes uno del otro; y existen Resoluciones de rechazo dictadas por la fiscal Maria Esther Hoyos, por ello debía existir un auto de reapertura de los mismos que no ha sido dictado por la autoridad jurisdiccional; ii) Existe un anterior recurso de amparo declarado improcedente por subsidiariedad mediante la SC 1643/2005-R de 19 de diciembre; y iii) El recurso no ha sido presentado con la inmediatez que el amparo requiere, pues se notificó a la entidad recurrente el 11 de enero de 2001 y 11 de enero de 2006, habiendo sido interpuesto el 14 de julio de 2006, de lo que se deduce que ha transcurrido más de los seis meses que la jurisprudencia ha determinado como plazo razonable. Finaliza solicitando la improcedencia del amparo solicitado.