Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2007-R
Fecha: 09-Jul-2007
concedido
Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada se encuentra dentro de las previsiones del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber concedido el recurso impetrado, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.