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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0711/2007- R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0711/2007- R

    Fecha: 15-Ago-2007

    4.

    4.  La parte recurrente no ha demostrado de manera objetiva y fehaciente que el recurrido hubiera restringido, conculcado o limitado garantías constitucionales; es más, se debe respetar la judicatura y jurisdicción militar, no pudiendo invadir las atribuciones y facultades privativas de dichas autoridades militares.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.2. Informe de la autoridad  recurrida
    • 2.
    • 3.
    • 4.
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.   Caso analizado
    • APROBAR

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