SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0711/2007- R
Fecha: 15-Ago-2007
III.2. Caso analizado
En el caso que se examina, la recurrente denuncia que su hijo y representado se encuentra injusta e ilegalmente detenido en la Policía Naval Militar del Comando General de la Fuerza Naval Boliviana por más de setenta días, por un accidente fortuito con arma de fuego. Argumenta que no existe ninguna orden de procesamiento o de apremio dictada por autoridad jurisdiccional competente, motivo por el cual interpone el recurso de hábeas corpus contra José Alba Arnez, Comandante General de la Fuerza Naval Boliviana, sin explicar qué acto ilegal, lesivo al derecho a la libertad, cometió esa autoridad.
Es más, de acuerdo a los antecedentes cursantes en obrados, se evidencia que el representado de la recurrente se encuentra detenido preventivamente en virtud a la Resolución de 18 de abril de 2007, pronunciada por el Juez Sumariante Militar, Jorge Luis Infantes Macuaga, siendo esa autoridad, y no el recurrido quien dispuso la detención de Juan Carlos Pucho Forra.
En consecuencia, no se ha demostrado que el recurrido hubiera cometido algún acto ilegal vulnerando el derecho a la libertad del representado de la recurrente, por lo que corresponde declarar la improcedencia del presente recurso de hábeas corpus por falta de legitimación pasiva, toda vez que no existe coincidencia entre quien presuntamente causó la violación del derecho a su libertad y la autoridad contra quien se dirigió la presente acción.
A lo señalado, debe agregarse que tampoco puede aplicarse la excepción a la falta de legitimación pasiva, al no cumplirse con los requisitos señalados por la jurisprudencia glosada, ya que la autoridad ahora recurrida, si bien pertenece a la misma institución que el Juez Sumariante, que supuestamente cometió el acto denunciado de ilegal; empero, no tiene el mismo rango o jerarquía ni idénticas atribuciones.