AUTO CONSTITUCIONAL 440/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 440/2007-CA

Fecha: 27-Sep-2007

II.3

II.3   En el caso en examen, del contenido del memorial de demanda se advierte que los recurrentes pretenden que se efectúe el test de control de constitucionalidad respecto de una supuesta contradicción entre dos leyes ordinarias; es decir, ante la supuesta contradicción de la Ley 2292 impugnada con la Ley 2150 de Unidades Político Administrativas. Así, en el memorial de demanda se afirma que “Esta creación de la octava sección municipal no ha cumplido lo que manda la Ley 2150 de UNIDADES POLITICO ADMINISTRATIVAS en sus arts. 1, 3 y 9…”.  Consecuentemente, la Ley 2292 de fecha 11 de diciembre de 2001, que crea la sección municipal de Teoponte, al no haber cumplido la referida Ley de Unidades Político Administrativas, es inconstitucional”.