a.
a. No es posible excluir o privar de un derecho a través de un procedimiento extra legal que no sea el que señala la ley, aunque así estuviera establecido en el Estatuto o Reglamento, toda vez que por primacía se aplica la Constitución, por lo que al disponerse la exclusión de los recurrentes se cometió un acto ilegal que vulnera el derecho a la propiedad, la garantía del debido proceso y la seguridad jurídica.
- Partes: Doris Miriam Chacón Díaz
- -Problema jurídico planteado:
- - Resolución del Juez o Tribunal de garantías:
- a.
- revocó
- II. Fundamentos de la disidencia
- Una tercera excepción se justifica por la necesaria prevalencia del derecho sustancial frente al derecho formal
- Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
- oportuna y efectiva de los derechos e intereses legítimos
- precautela el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales".
- oportuna y efectiva
