Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2508/2010
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, denuncia que la autoridad recurrida, hoy demandada, vulneró sus derechos a la defensa, al debido proceso y a la seguridad jurídica, por cuanto el Juez demandado, no declaró extinguida la acción penal en la etapa preparatoria, pese haber transcurrido más de seis meses de la imputación formal. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- denegar
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. Extinción de la acción penal en la etapa preparatoria: No opera de hecho por el sólo transcurso de los seis meses
- proceso justo y equitativo
- situación
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR