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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2511/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2511/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    I.1.1

    No se le acepta como garante a su propio abogado que patrocina el caso ante el Tribunal Tercero de Sentencia, toda vez que al ser solvente con domicilio y bien inmueble a media cuadra del la Corte de Justicia, con ingresos económicos solventes y con una trayectoria de casi veinte años en el ejercicio de la profesión, no fue aceptado como garante contradiciendo los antecedentes en otros casos donde se aceptó como garantes a abogados.

    • recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
    • I.1.1
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • II.1.
    • II.2.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2.  Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
    • acciones de defensa,
    • accionante
    • improcedente
    • III.4. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
    • III.5.  En el caso concreto
    • APROBAR

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