SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2511/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2511/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.5.  En el caso concreto

Habiendo sido beneficiado el actual accionante con la cesación de la detención preventiva, se le impuso como medida sustitutiva a la detención preventiva, una fianza económica de Bs40.000.-, más tarde interpretando  la autoridades jurisdiccionales además de valorar antecedentes, modificaron la fianza económica a dos fiadores personales con domicilio conocido y solvencia económica.

Al respecto, cabe precisar que el Tribunal Constitucional conforme SC 1846/2004-R de 30 de noviembre, desarrollada anteriormente, no puede ingresar a realizar una interpretación de la legalidad ya que es una labor de la jurisdicción común, correspondiendo a la justicia constitucional verificar si en esa labor interpretativa no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico, entre ellos, los de legalidad, seguridad jurídica, igualdad, proporcionalidad, jerarquía normativa y debido proceso; principios a los que se hallan vinculados todos los operadores jurídicos de la nación; dado que compete a la jurisdicción constitucional otorgar la protección requerida, a través de las acciones de tutela establecidas en los arts. 18 y 19 de la Constitución, ante violaciones a los derechos y garantías constitucionales, ocasionadas por una interpretación que tenga su origen en la jurisdicción ordinaria, que vulnere principios y valores constitucionales”.

Como se observa los operadores de justicia ingresaron a realizar una interpretación de la norma ordinaria al caso concreto, de ahí porque se hicieron dos modificaciones a las medidas sustitutivas impuestas al actual accionante, sin que evidencie este Tribunal, algún hecho fáctico en el que hayan incurrido las autoridades actualmente demandadas, que haya atentado al derecho a la libertad del actual accionante, por tanto no existe posibilidad de actuar de la jurisdicción constitucional para tutelar el caso presente.