I.1. Normas impugnadas en el recurso incidental o indirecto de inconstitucionalidad
Dentro del proceso penal seguido por María Roxana Coronado Barrero y José Rossi Calatayud contra Felicia Durán Lezcano y María Esther Torricos, Herboso, ésta presentó de manera oral, en la audiencia de medidas cautelares, incidente de inconstitucionalidad contra los arts. 234.6 y 235.5 del CPP, modificados por el art. 15 de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana por infringir los arts. 7.a) y 16.Iv de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg.). Inicialmente, los miembros del Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Chuquisaca, rechazaron el recurso; empero, por AC 302/2007 de 14 de junio, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional revocó dicha determinación y admitió el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad.
- I.1. Normas impugnadas en el recurso incidental o indirecto de inconstitucionalidad
- improcedente
- II. FUNDAMENTOS DE LA DISIDENCIA
- II.1. La competencia del Tribunal Constitucional transitorio para el conocimiento de los recursos pendientes dentro del ámbito del control normativo de constitucionalidad.
- abrogó
- 1.
- Fragmento 7
- III.2. La aplicación de la Constitución vigente y la posibilidad de analizar el fondo del problema planteado
- respecto al contenido material de una norma,
- el examen de constitucionalidad de la ley debe hacerse a la luz de la Carta vigente.
- aún no admitidos
- ya admitió el recuro en el ámbito del control normativo de constitucionalidad
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- Constitución abrogada
- II.3. El caso analizado
