Sentencia: 0047/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0047/2010

Fecha: 18-Dic-2010

II.2.   Aplicación de la interpretación constitucional a los procesos en trámite

           "Respecto a la aplicación del principio de irretroactividad para la jurisprudencia constitucional, la SC 1135/2006-R, partiendo de las SSCC 1426/R (sic.) y 0076/2005-R, señala que: "… las Sentencias Pronunciadas por el Tribunal Constitucional, al constituirse en un medio por el cual la Ley Fundamental desplaza su eficacia general, no están regidas por el art. 33 de la CPE, que establece el principio de irretroactividad de las leyes, sino que tienen validez plena en el tiempo; lo que significa que los razonamientos de las resoluciones constitucionales pueden ser aplicados en los procesos que están en curso; es decir, en aquellos que no tienen calidad de cosa juzgada, sin importar que los hechos a los que ha de aplicarse el entendimiento jurisprudencial hubieren acaecido con anterioridad al pronunciamiento del Tribunal Constitucional. Sin embargo, en los procesos en los que tengan resoluciones con calidad de cosa juzgada, (…) no es posible aplicar el nuevo entendimiento contenido en los fallos constitucionales…"

"En consecuencia, ese criterio implica que un nuevo razonamiento jurídico o interpretativo formulado a través de una resolución judicial - Auto Constitucional emitido por la Comisión de Admisión- sobre el contenido y alcances de una norma legal -art. 81 de la LTC-, corresponde ser aplicado de inmediato a los casos que se encuentran en trámite en este Tribunal y que están aguardando que se dicte la respectiva resolución por parte  de la Comisión de Admisión, dejando que la demora no es atribuible ni a la parte recurrente ni a este tribunal Constitucional, sino a una situación sobreviniente, a la que se añade que la norma hoy interpretada -art. 81 d çe la LTC- estaba vigente al momento de la interposición del recurso y por tanto y por tanto era de conocimiento del recurrente, no existiendo óbice  alguna para su aplicación inmediata y de su interpretación."