Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2863/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
El Director del SEDUCA de Chuquisaca, mediante informe escrito, cursante de fs. 88 a 91, que fue ratificado en audiencia, señaló que corresponde el rechazo del presente recurso por falta de legitimación pasiva en la autoridad recurrida, toda vez que la convocatoria para la selección de Directores de Unidades Educativas, fue aprobada por Resolución Ministerial (RM) 512/08 de 11 de julio de 2008 y firmada por la ex Ministra de Educación y Culturas, no interviniendo en ningún momento su persona.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- a)
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre la legitimación pasiva dentro de las acciones de amparo constitucional
- III.4.Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- APRUEBA