SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2863/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
recurso de
En revisión la Resolución 10/2009 de 20 de enero, cursante de fs. 178 a 180 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Marcial Espino Méndez y Juan Pinaya Antezana por sí y en representación de Santiago Martínez Cáceres, Hugo Carlos Ramírez Cors, Ángel Hugo Serrano Saucedo, Ernesto Sandi Gamón, Luis López Sánchez, Guillermo Márquez Cuellar, Jorge Anastacio Segovia Tellez, Alfredo Núñez Lozada, Juan Vedia Campos, Alfredo Albis Flores, Alfredo Thompson Villagra, René Flores Antezana, Rafael Callejas Guerra, Juan Arancibia Padilla, Jorge Miranda Ovando, María Guadalupe Cuellar Bravo de Betanzos, Juan Carrasco Flores, Néstor Ríos Álvarez, Carmen Enríquez Saucedo de Díaz, Carlos Gómez Marañón, Ruth Carmen Torres Moscoso, Hortencia Quintanilla Kanaudt, Zulema Córdova Fernández, Aristóteles Reyes Ortiz Flores y Tomás Castro Mamani contra Mario Mamani Morales, Director del Servicio Departamental de Educación (SEDUCA) de Chuquisaca, alegando la vulneración de sus derechos y los de sus representados a la vida, a la salud, a la “seguridad jurídica” y al trabajo, citando al efecto el art. 7 incs. a) y d) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- a)
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre la legitimación pasiva dentro de las acciones de amparo constitucional
- III.4.Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- APRUEBA