AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0041/2010-CA

Fecha: 05-Abr-2010

Fragmento 5

        El art. 59 de la LTC establece que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad “…procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de  una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos…”.