Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0051/2010-CA
Fecha: 05-Abr-2010
II.2. Cumplimiento de requisitos
El art. 59 de la LTC, al establecer que: "El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos".
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales supuestamente infringidas
- II.2. Cumplimiento de requisitos
- requisitos esenciales
- II.3. Análisis del caso concreto
- APRUEBA,