AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2010-CA

Fecha: 19-Abr-2010

I.1. Antecedentes

Por memorial  presentado el 8 de febrero de 2008 (fs. 61 a 65), el recurrente refiere que mediante convocatoria pública nacional, el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda realizó el proceso de contratación de consultores para el Programa de Vivienda Solidaria PVS, en el que fue contratado como Consultor en Línea Especialista I en Contrataciones dependiente del Viceministerio de Vivienda, firmándose un contrato de naturaleza civil el 19 de abril de 2007, por el plazo de ocho meses y doce días.

Continúa señalando que por problemas internos en el Viceministerio de Vivienda a causa del cambio de autoridades, se le denunció por sacar información y documentos del mismo, y a raíz de dicha denuncia se le inició proceso sumario en aplicación de los Decretos Supremos (DDSS) 23318-A de 3 de noviembre de 1992 y 26237 de 29 de junio de 2001, en su calidad de funcionario público, pero sin considerar que su relación es de naturaleza civil, no administrativa, pronunciándose el Auto Inicial de Sumario Administrativo Interno MOPSV/SAI 047/2007 de 12 de noviembre, concluyendo con el Auto Final del Sumario Administrativo MOPSV/AFSAI 060/2007 de 18 de diciembre, en el que se dispuso proceder a la resolución de su contrato, pese a que su persona no había firmando nunca contrato con la Sumariante, por lo que presentó recurso de revocatoria, el que fue resuelto mediante la Resolución Recurso Revocatoria 063/2007 de 28 de diciembre, confirmando el irracional fallo, continuando a la fecha las injusticias en su contra al enviar los antecedentes del proceso sumario a la Contraloría General de la República.