Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2010-CA
Fecha: 26-Abr-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia, que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta, APROBAR la Resolución 002/2008 de 31 de enero, pronunciada por el Presidente y miembros del Tribunal Sumariante de la Dirección Distrital del Consejo de la Judicatura de La Paz; y en consecuencia, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Raúl Sánchez Bolaños.
- consulta
- I.1. Argumentos jurídicos del recurso
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- carecer de fundamento jurídico-constitucional
- APROBAR