Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0184/2010-CA
Fecha: 03-May-2010
RECHAZAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la jurisdicción y competencia, que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003, 31 inc. 1) concordante con el art. 33.I inc. 1) de la LTC, resuelve en consulta, RECHAZAR el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad interpuesto por Bismarck Edmundo Soruco Núñez, Diputado Nacional.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- Fragmento 2
- I.1. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- verificar la compatibilidad o incompatibilidad de la disposición legal impugnada con las normas previstas por la Constitución Política del Estado
- El objeto del recurso es el juicio de constitucionalidad de las disposiciones legales impugnadas
- Fragmento 8
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- Fragmento 10
- carecer de fundamento jurídico-constitucional
- RECHAZAR