AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0227/2010

Fecha: 17-May-2010

II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado

 La Constitución Política del Estado, entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de Bolivia el 7 de febrero de 2009, quedando abrogada la Constitución Política del Estado de 1967, constituyéndose de esta manera en la nueva norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano, con total supremacía frente a cualquier otra disposición normativa inferior, quedando sometidos a ella todas las personas naturales y jurídicas, así como los órganos públicos, funciones públicas e instituciones, tal como lo establece el art. 410.I y II, la Disposición Abrogatoria y Disposición Final de dicha Ley Fundamental.

 Asimismo, el art. 6 de la Ley 003, establece las competencias y atribuciones del Tribunal Constitucional, dentro del nuevo orden constitucional y las leyes respectivas, hasta que entren en vigencia las leyes a que hace referencia la Disposición Transitoria Segunda de la Constitución Política del Estado.