AUTO CONSTITUCIONAL 0255/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0255/2010-CA

Fecha: 26-May-2010

SUBSANE

El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 de la Ley 003; 31 inc. 2) y 32 de la LTC, dispone que el recurrente Jorge Villegas Fernández, Gerente Departamental de Chuquisaca de la Contraloría General de la República en representación de Osvaldo Elías Gutiérrez Ortiz, Contralor General de la República, SUBSANE la deficiencia formal observada, bajo conminatoria de tener por no presentado el recurso.