Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0265/2010-CA
Fecha: 26-May-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de las facultades que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta APROBAR la Resolución de 21 de mayo de 2008, cursante de fs. 21 a 24, pronunciada por la Sala Plena de la Corte Departamental Electoral de Chuquisaca, y en consecuencia RECHAZA la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulada por Abad Garisto García.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. De los requisitos de procedencia
- a)
- II.4. Análisis del caso concreto
- procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
- APROBAR