AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2010-CA
Fecha: 31-May-2010
rechazó
Por Auto de 5 de mayo de 2008, cursante de fs. 20 a 22 y vta., la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Cochabamba, rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, con los siguientes argumentos: 1) La causa se encuentra en la etapa preparatoria de juicio, estando pendiente de considerar y resolver la solicitud de aplicación de medida cautelar de carácter personal, la que será resuelta mediante auto interlocutorio que tiene carácter provisional, excepcional, instrumental, transitorio, revisable, modificable y revocable aún de oficio, sin que pueda ser considerada una resolución definitiva; 2) No se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos por los numerales 2 y 3 del art. 60 de la LTC.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado vigente
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- carece de fundamento jurídico-constitucional
- APROBAR