I.1.
I.1. De acuerdo al memorial del recurso de hábeas corpus, el recurrente, en su condición de Rector Nacional del Tecnológico Boliviano Alemán de la ciudad de Cochabamba, fue demandado ante el Juzgado Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Cochabamba, por Robustino Juan Mari Lois, quien solicitó el pago de sueldos, concluyendo el proceso con una Sentencia desfavorable al recurrente, la misma que fue apelada y el Auto de Vista recurrido en casación en el fondo, recurso que fue declarado improcedente por Auto Supremo de 24 de abril de 2007.
- Magistrado:
- I.1.
- I.2.
- II.1.
- II.2.
- el respeto y la vigencia de los derechos fundamentales de las personas,
- Las particularidades externas surgen desde la indudable relevancia social e individual de los derechos. De esta relevancia surgirá la exigencia de favorecer siempre y en todo caso de la mayor forma posible el contenido del derecho.
- o si la actividad que cumple puede revestir ese carácter
- el fenómeno de la indefensión está encaminado a proteger a las personas de los abusos provenientes de cualquier poder
- cuando éstos prevean normas más favorables”.
