Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0309/2010-CA
Fecha: 09-Jun-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de las facultades que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta APROBAR, el Auto 02/08 de 9 de julio de 2008, cursante a fs. 160, pronunciado por la Directora Técnica del SEDEGES de la Prefectura de Chuquisaca. En consecuencia se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Martha Alaka Quispe.