Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0332/2010-CA
Fecha: 15-Jun-2010
admitieron
Por Resolución de 7 de agosto de 2008, cursante a fs. 24, los Vocales de la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, sin mayor fundamentación, admitieron la solicitud formulada por Benito Castillo Galarza, en representación de COSAALT Ltda., en consideración a que el recurso contiene los requisitos establecidos por el art. 60 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), e igualmente su presentación es oportuna, como dispone el art. 61 de la mencionada Ley.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- admitieron
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 5
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado vigente
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- carece de fundamento jurídico-constitucional
- REVOCAR,