AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2010-CA

Fecha: 22-Jun-2010

rechazó

Por RA GDCH/R.I. 001/2008, cursante de fs. 16 a 17, Néstor Quispe Vedia, Gerente Distrital a.i. del SIN Chuquisaca, rechazó la solicitud formulada, con el siguiente fundamento: el recurso indirecto o incidental ha sido interpuesto sin que exista un proceso administrativo en trámite, ya que el proceso determinativo finalizó con la ejecutoria de la Resolución de Recurso Jerárquico, y a la fecha se encuentran en curso las medidas coactivas. En este caso, no se cumple el presupuesto legal de un proceso administrativo en trámite para que proceda el recurso, según lo dispuesto por el art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) y la línea jurisprudencial sentada por el AC 0329/2007-CA de 28 de junio, que exige para la procedencia del recurso indirecto de inconstitucionalidad la existencia de un proceso administrativo pendiente de resolución.